miércoles, 21 de mayo de 2014

Las trampas de la nueva Ley de Emprendedores



Curioseando sobre la "nueva" Ley de Emprendedores he encontrado este artículo, muy interesante, para los que estamos interesados en emprender, leedlo con atención, no todo son ventajas.                                                                  
                                                                                     
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Son muchas las personas en España, que por necesidad y no por vocación, deciden arrancarse a trabajar por su cuenta. 

Parecía que la Ley de Emprendedores iba a ser el revulsivo que muchos esperaban para impulsar la creación de nuevos negocios y el nacimiento de pequeñas empresas que sustenten el  futuro económico de España.                                                                                  
Sin embargo comenzado 2014 y puesta en la práctica esta Ley de Emprendedores, se ha puesto en evidencia algunas de las principales trampas que hay tras su aplicación. 

Lamentablemente no puedo pensar ni por un segundo que lo que de verdad esconde esta Ley de Emprendedores ha sido un inocente error de diseño. Si no más bien, un calculado desarrollo normativo, donde lo que unos se ahorran, otros lo pagan y con creces. 

Si estabas pensando en salir del paro y ponerte por tu cuenta o tienes miedo de perder tu empleo y quieres montar en paralelo una idea de negocio como plan B o sencillamente no te sientes suficientemente realizado trabajando para otros y quieres lanzarte a emprender, conviene que conozcas algunas de las trampas que esconde la Ley de emprendedores. Como dice el refrán, no es oro todo lo que reluce.

Si estás trabajando por cuenta ajena y quieres montar aquel negocio con el que siempre soñabas o justo acababas de crear tu empresa en 2013 antes de la publicación de la Ley de Emprendedores, te vas a dar con la primera en la frente. 

Aunque es verdad que en su día la tarifa plana de la cuota de autónomos sirvió para llenar la prensa de muchos titulares triunfales y salir en la foto, en la práctica lo de las bonificaciones de la cuota de autónomos deja bastante que desear. 

Si escogiste como forma jurídica una sociedad limitada para instrumentar tu proyecto emprendedor, lo siento mucho, tú no tienes derecho a la bonificación en la cuota de autónomo. Sí, lo que oyes. 

Si adoptas una forma mercantil, no hay ahorro que valga. Es decir, sólo se incentiva el alta de pequeños autónomos, pero no la creación de empresas. 

Pero espérate que aún hay más. Si estabas trabajando por cuenta ajena y decides con gran esfuerzo levantar un proyecto empresarial creando una sociedad mercantil, la Ley de Emprendedores sí que recoge que puedes beneficiarte de una reducción en la cuota por estar en régimen de pluriactividad. 

Sin embargo, si da la casualidad de que ya habías creado tu sociedad unos meses antes de la entrada en vigor de la nueva Ley, como administrador mercantil, no tienes derecho a la reducción. La Tesorería de la seguridad social te dice, que tú lo que puedes hacer es solicitar la devolución de los ingresos indebidos como autónomo que hayas pagado a la Seguridad Social por estar en pluriactividad.

Si te metes en detalle en el procedimiento, aparte de que nadie te explica de cómo hacerlo ni quien tiene derecho, te vas a encontrar con que a no ser de que tengas una base de cotización muy alta por cuenta ajena, no te van a devolver ni un euro. 

De modo que hay un desequilibrio evidente con aquellos administradores de empresas en pluriactividad que se hayan dado de alta en diciembre, frente a los que lo han hecho a partir de enero. 

Para terminar de clavarte el puñal, en la Ley de Presupuestos, a última hora y de forma disimulada, han colado la obligación de que los administradores de sociedades o los autónomos con 10 o más trabajadores a su cargo coticen por el grupo 1. Es decir por una base de 1.051,50€, lo que supone una subida en la cuota de autónomos de 256,72€ a 314,40€. ¿Por qué? Pues porque sí. 

Podrías pensar, bueno me hacen cotizar de más, pero ya lo recuperaré en la solicitud de ingresos indebidos por pluriactividad al año siguiente. Pero cuando te pones a mirar con detalle, te das cuenta de que los topes de cotización máximos a partir de lo que hay devolución, crecen a ritmos de 5%/año desde 2012 ¿Y eso? Pues evidentemente, para que las cantidades a devolver sean menores y sólo tengan derecho a la devolución del 50% del exceso de cotizaciones, pluriempleados con bases muy altas. 

Cuando preguntas en la TGSS el motivo por el cual las bases de cotización máximas se actualizan a tasa del 5% cuando antes lo hacían al 1% o menos del 1%, te dicen sin sonrojo que es que hay que recaudar más, porque los nuevos autónomos con cuotas bonificadas ingresan menos. Y que de algún sitio tiene que salir el dinero. 

Luego cuidado con la forma jurídica que escoges para emprender, porque según la Ley de emprendedores, se espera que por montar una sociedad te vas a convertir rápidamente en un empresario miserable capitalista y tienes que pagar más que el resto. A no ser que te conformes con ser un triste autónomo autoempleado que sobrevive de mala manera. Entonces sí, te bonifican algo durante un tiempo.

A pesar de las cuotas de autónomos bonificadas que ha implantado la Ley de Emprendedores, te recomiendo no comparar cuánto se paga de autónomo en España con lo que se paga en otros países de Europa, porque te podrías echar a llorar. 

Otro gran triunfo de la Ley de Emprendedores es el IVA de caja. El no tener que ingresar a hacienda el IVA de las facturas emitidas y no cobradas. Pero resulta que la norma lo único que te soluciona es posponer el ingreso a Hacienda hasta el final del ejercicio. Si en diciembre no has cobrado todavía, lo siento mucho pero tienes que ingresar el IVA a Hacienda. 

Así que si tu negocio va de trabajar con las administraciones públicas, ni te molestes en acogerte al IVA de caja, porque muy probablemente tus facturas van a estar pendientes de pago mucho más allá del ejercicio natural. 

En resumidas cuentas la Ley de apoyo a Emprendedores es más bien la Ley de la zancadilla a los Emprendedores. Un querer y no poder. Un dardo envenenado que terminará de matar a muchos emprendedores con poca información, que alentados por la nueva Ley, se topen con la letra pequeña de esta reforma insuficiente para crear negocios en España. 

Gran artículo publicado en la revista AhorroCapital, hay que conocer todos los detalles de la "Nueva Ley de Emprendedores", así que ojo con la letra pequeña.

Fuente: 



lunes, 12 de mayo de 2014

OCM Marketing es una nueva empresa que utiliza las herramientas de marketing para ayudar a los pequeños negocios a superar los baches de entrada así como a hacer más fuertes a aquellos empresarios que ya están presentes en el mercado. Quiere conseguir que sus clientes logren un crecimiento sostenido de sus negocios a través de las mejores prácticas de marketing proporcionando el máximo nivel de especialización en el mercado local y regional.
 

miércoles, 7 de mayo de 2014

Observa tus oportunidades

¡No dejes que la crisis económica actual nuble tus expectativas emprendedoras, observa tu entorno y encontrarás oportunidades!



sábado, 3 de mayo de 2014

¿Cómo es el emprendedor español?


Según el informe del Global Entrepreneurship Monitor (GEM) y el Centro Internacional Santander Emprendimiento (CISE) el emprendedor español es un hombrer, de entre 35 y 44 años, con experiencia, y con formación superior y altos ingresos.

Más del 35% de los empresarios que empiezan están pasando los 30 y aunque la mayoría son hombres, la diferencia con las mujeres se ha reducido ligeramente en 2013. Es importante su preparación teórica: uno de cada dos han recibido en algún momento formación específica para emprender.

Según el estudio mencionado antes en marzo del 2014, cerca de la mitad de los españoles creen que el miedo al fracaso no supone un obstáculo para emprender.

Además, la mitad de los encuestados cree que el emprendimiento es una buena alternativa laboral y que les puede proporcionar un buen estatus social y económico.

La ley de emprendedores 14/2013 habla acerca de la posibilidad de reducir los costes iniciales de los creadores de empresas, la intención de agilizar los trámites, impulsar el espíritu emprendedor en el ámbito educativo y promover la internacionalización. 

Pero esta ley no habla acerca de la financiación, el 50% de los emprendedores que han empezado en los últimos meses su aventura empresarial ha necesitado una inversión al menos de 19480€. De ellos, hasta un 40% ha aportado el 100% del capital en "solitario".

La mayoría que lo intenta es porque presenta un nivel de ingresos previos, según los expertos del GEM y el CISE.

Otra posibilidad es el "Crowdfunding", la financiación colectiva desinteresada, sin embargo el porcentaje de financiación informal para las start-ups españolas ronda un 3,2% del total.

Si quieres emprender, es importante echarle un vistazo a las subvenciones públicas. teniendo en cuenta que las ayudas implican un coste, ya que para obtenerlas hay que invertir el tiempo en burocracia y suele traer consigo la firma de varios compromisos que hay que cumplir.

La mayoría suele combinar los ingresos propios y consiguen el resto a través de la financiación externa bancaria o privada.

Las señales que hay que tener en cuenta para poner en marcha tu negocio son los siguientes: lo usual es empezar en una Start- up es empezar en pérdidas; no dejes de prepararte para la posibilidad de un cierre pero no dejar que lo negativo te derrumbe; analizar si los gastos de tu Start-up crecen más que los ingresos y por qué puede estar pasando; no olvidar cobrar las facturas pendientes; aunque la cartera de proyecto sea estable, hay que pensar en crecer y diversificar

No hay que olvidar los esfuerzos del marketing, es importante prestar una atención constante a los clientes potenciales, ya que, ellos no saben que existe una necesidad latente que ellos no ven.